Las indicaciones se establecen para el periodo entre el 16 y el 30 de marzo en virtud de las medidas adoptadas para el control y prevención del contagio por Coronavirus.

La Orden de 13 de marzo de 2020, establecía la suspensión de la actividad, en Centros para personas con discapacidad, ya sean de titularidad pública o privada.

En estas circunstancias, se trata de prevenir tanto el incremento del número de contagios, cómo garantizar, de forma responsable, la atención a las personas usuarias y sus familias.

No podemos olvidar que las personas que son atendidas en estos centros acumulan una importante vulnerabilidad atendiendo a los problemas de salud, la comorbilidad, las dificultades para solicitar ayuda y entender las indicaciones, la adaptación a la limitación de las salidas, y también en estas comprometidas circunstancias, la fragilidad para afrontar la tensión social que previsiblemente se irá ocasionando.

FAISEM propone las siguientes recomendaciones de carácter general, para los profesionales que están vinculados a los programas contemplados en los convenios de colaboración vigentes, en el periodo anunciado por la Administración Andaluza (del 16 al 30 de marzo de 2.020):

• Las previsiones que se realizan, se supeditan al momento actual, el periodo señalado y en consonancia con las indicaciones generales que se vienen publicando.

• Los profesionales deben estar sujetos a las necesidades del servicio y las contingencias que puedan irse generando.

• Ante la situación extraordinaria originada por el coronavirus (Covid-19), las asociaciones deben garantizar, en todo momento, la atención a las personas usuarias.

• Estos servicios, además del seguimiento telefónico deben facilitar ayuda inmediata a personas usuarias que por razones sanitarias, sociales y familiares, así lo requieran. Es previsible, que si se prolonga esta situación, existan grupos de personas usuarias que requieran apoyo de distinta índole, lugares de referencia y seguimiento para necesidades básicas y prioritarias. En este sentido, se debe prever la relación de personas, que a corto y medio plazo, van a necesitar apoyo on line, telefónico o presencial.

• Se debe favorecer la flexibilización de la jornada laboral.

• Se debe ser riguroso en las recomendaciones de no coincidir grupos de personas, y celebración de reuniones en las instalaciones. Así mismo la suspensión absoluta de actividades conjuntas, salidas, organización de cursos, jornadas o talleres que estuvieran previstas en las programaciones presentadas a FAISEM.

• Se podrá facilitar la modalidad no presencial de trabajo. Quienes sean autorizados para realizar sus funciones en esta modalidad, podrán ser requeridas para incorporarse a su puesto habitual dependiendo de las circunstancias.

• Se recomienda, para aquellos profesionales que trabajan en los programas conveniados con FAISEM, que las tareas en trabajo no presencial deberán determinarse previamente, con objetivos precisos y supervisados por el responsable de la entidad.

• Las entidades deben garantizar una especial protección para los profesionales que sufran (y puedan acreditar) patologías que pudieran verse agravadas por el COVID-19.

• El ámbito de colaboración entre FAISEM y EL MOVIMIENTO ASOCIATIVO, se mantendrá, en el momento actual, en los términos habituales, salvo en lo referido a los encuentros presenciales, en los que se deberá propiciar la comunicación online y telefónica.

• En esta situación, debe prevalecer la responsabilidad y el esfuerzo conjunto, para reforzar la ayuda a personas especialmente vulnerables. Por ello, los recursos de FAISEM, el MOVIMIENTO ASOCIATIVO y los servicios sanitarios deben estar totalmente coordinados y complementados. En este sentido, habrá que sopesar el diseño de intervenciones conjuntas e implicar a la ciudadanía y redes informales.