Programa de Día

Como definición general se trata de un programa que trata de proveer apoyo funcional y soporte organizativo en distintos aspectos de la vida cotidiana de las personas con trastornos mentales graves, contribuyendo a organizar sus actividades diarias, a desarrollar y consolidar habilidades básicas personales y sociales, a establecer relaciones sociales estables y a mantenerse de la manera más activa posible en la comunidad. 

 

Tipología de usuarios y usuaria

El programa va dirigido, con carácter general, a:

 

  • Personas adultas (mayores de 18 años)
  • Que estén siendo atendidas por los servicios de salud mental del Sistema Sanitario Público de Andalucía
  • Que cuenten con un Plan Individual de Tratamiento (PIT) en el que se indica la necesidad de este tipo de prestaciones, en razón de:
      • Presentar un trastorno mental grave
      • Tener necesidades de apoyo en la vida cotidiana abordables desde un dispositivo no sanitario
      • Aceptar la atención en el programa
      • No presentar de manera permanente manifestaciones sintomatológicas, conductas o hábitos de consumo de substancias que imposibiliten la convivencia
      • Y no tener acceso a otro tipo de programas similares, ya sea en el medio comunitario general ya en programas para otros sectores en los que se integran

Básicamente se trata, por tanto, de personas que tienen dificultades funcionales y relacionales derivadas de padecer un TMG, y que, en términos de anclaje en la red de salud mental, se encuentran en tres situaciones tipo:

  • Son atendidas en Unidades de salud Mental Comunitario, con sintomatología negativa y residual, viven solas o con su familia y se beneficiarían de un espacio de mantenimiento y estimulo sostenido en el tiempo
  • Son atendidas en programas de día de Comunidad Terapéutica o Unidad de Rehabilitación de Salud Mental, y ya no necesitan una atención sanitaria tan intensiva y pueden prolongarla en un dispositivo de tipo social más cercano al medio habitual
  • O reciben atención residencial por parte de FAISEM y se beneficiarían de una atención diurna más estructurada e intensiva que la que es posible en los espacios estrictamente residenciales

Tipología de servicios

 

  • Centro de Día para personas con trastornos mentales graves es un dispositivo de carácter no sanitario desde el que se articulan las prestaciones del programa de soporte diurno, definidas anteriormente como dirigido a dotar a dichas personas de apoyo funcional y soporte organizativo en distintos aspectos de su vida cotidiana, contribuyendo a organizar sus actividades diarias, a desarrollar y consolidar habilidades básicas personales y sociales, a establecer relaciones sociales estables y a mantenerse de la manera más activa posible en la comunidad. Facilita manutención, transporte y una cobertura horaria de al menos 39 horas por semana.

Se trata de un dispositivo de carácter social, incluido en el catalogo de servicios del SAAD. Que se diferencia y se articula funcionalmente con dispositivos sanitarios que tienen programas de día (Hospitales de Día, programas de día de las Comunidades Terapéuticas y Unidades de Rehabilitación) e integra funcional y en algunas ocasiones físicamente dispositivos actuales de FAISEM (Centros Sociales), unificando y ampliando sus prestaciones sobre la base de programas individuales de atención y añadiéndoles la posibilidad de manutención y transporte.

– Criterios para el acceso

La asistencia al Centro por parte de una persona con trastorno mental grave implica la adecuación a los perfiles funcionales descritos anteriormente, asegurando por tanto el cumplimiento de una serie de requisitos que garantizan que tiene sentido su acceso a las prestaciones del programa. En gran medida esos requisitos se plasman también en el protocolode derivación, el Programa Individual de Atención y un Contrato específico, en el que se regulan las modalidades de atención y se aceptan explícitamente por ambas partes. El contrato como tal se firmará tras el periodo de acogida y la correspondiente elaboración del PIAD, pero la voluntariedad debe estar fijada desde el inicio.

 

  • Centro Social: Contempla actividades ocupacionales, preferentemente rurales y con funciones de organización y desarrollo de actividades de ocio, manejo y organización de la vida cotidiana y actividades básicas de rehabilitación.  No incluyen manutención, ni transporte y la cobertura horaria es de 20 horas a la semana.

– Criterios para el acceso

El protocolo de derivación suele establecerse desde las Unidades de Salud Mental Comunitaria. No se requiere el Programa Individual de Atención de la Agencia Andaluza de Servicios Sociales y Dependencia o un Contrato específico.